Cada vez son más los colombianos que escuchan el llamado de migrar a un país extranjero buscando oportunidades nuevas. Hay quienes persiguen un voluntariado, estudiar o trabajar y por tanto se establecen en el país de sus sueños o el que les ofrece el trabajo o experiencia de fantasía. Así, la preocupación de muchos es: ¿Qué hacer si quiero volver en unos años y trabajar de nuevo o pensionarme? El decreto 682 de 2014 creo el programa “Colombianos en el Exterior”, el cual ofrece la posibilidad (no es una obligación) de cotizar a pensión como independiente desde cualquier parte del mundo, realizando los aportes directamente a Colpensiones o AFP y con los mismos requisitos mínimos dependiendo del régimen elegido. Recordemos que, para régimen de prima media, se requieren 57 años en el caso de las mujeres, 62 años en caso de hombres y, para ambos, 1,300 semanas; para AFP se requiere un ahorro que permita financiar al menos un 110% de un salario mínimo o 1,150 semanas y la misma edad de Colpensiones1. En lo que respecta a salud, el colombiano residente en el extranjero no está obligado a realizar aportes a salud2, ya que se asume que esta la cubre el sistema del país de residencia. Hay que tener en cuenta que no se deben tener beneficiarios al momento de solicitar el retiro de la EPS. Es así que el único requisito es reportar la novedad de retiro ante la EPS o a través del Sistema de Afiliación Transaccional3.

Es importante tener en cuenta que, si su contrato laboral es con una empresa colombiana, se debe seguir cotizando normalmente, sin embargo, si la afiliación es con otro país, y no hay otra relación fiscal con Colombia, no hay obligación de cotizar. Cuando un trabajador reside en Colombia, pero tiene un contrato laboral con otro país, se rigen por las normas aplicables a los trabajadores locales. En situaciones como el trabajo remoto desde Colombia, es crucial considerar tratados o convenios para prevenir la doble tributación y la evasión fiscal. Por ejemplo, España cuenta con un convenio específico con Colombia para abordar esta cuestión.

La manera de pago de la cotización es a través de tarjetas de crédito en el portal de Colpensiones o la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) para AFP, con una cuenta bancaria en Colombia. Se debe declarar el IBC (Ingreso base de cotización) que corresponde al ingreso con el cual se calcula el monto a aportar mes a mes. Este, al igual que en Colombia, no puede ser menor a 1 salario mínimo mensual legal vigente. El IBC puede aumentar, pero su variación debe poder ser demostrada, pues si la fluctuación es muy variable, puede ser sujeto de revisión administrativa por parte de Colpensiones.

También es importante mencionar que Colombia cuenta con tratados bilaterales con Argentina, Chile, Ecuador, España, Uruguay, y multilaterales con varios países iberoamericanos, en los cuales se pueden sumar tiempos de cotización de Colombia como de estos países. Si la persona desea pensionarse en Colombia, se pueden homologar las semanas de cotización para cumplir los requisitos mínimos. Si la persona desea pensionarse en el otro país, se pueden homologar estos tiempos con Colombia, teniendo en cuenta de cumplir los requisitos propios de cada país. Por ejemplo, la edad de pensión en España es de 67 años y un periodo mínimo de cotización de 38 años y 6 meses, más tiempo que en Colombia, por tanto, se debe esperar hasta ese tiempo y cumplir con los requisitos propios del país3. Es importante mencionar que, según datos de Migración Colombia, en 2022 el 24.3% de los colombianos que viajaron al exterior son residentes del país de destino y el 2% son estudiantes, para estos colombianos se puede plantear la inquietud de si es bueno iniciar a cotizar desde temprano en el lugar de residencia o estudios, ya que, al variar los requisitos respecto a los colombianos, es importante tener un plan no tan de corto plazo, sino que tenga un gran valor a través del tiempo.

Es así que, si reside en el exterior, no espere a que se pase el tiempo para que en su futuro cuente con una pensión, en Habitudes podemos calcular su futura pensión de Colpensiones o AFP en el exterior, acompañándolo desde que inicie a cotizar en el exterior, hasta que cumpla con requisitos mínimos y llegue el momento de solicitar la pensión.

Fuentes:

 

  1. La corte constitucional en marzo de 2024 declaró inexequible exigir el mismo número de semanas de cotización a mujeres y hombres en fondos privados, el cuál es de 1,150 semanas. A partir de 2026 se exigirán 1,000 semanas mínimas para alcanzar la pensión por AFP, continuando con la regla de tener un ahorro que pueda financiar como mínimo el 110% de un salario mínimo.
  2. Art 2.1.3.17. del Decreto 780 de 2016 sobre el Sector Salud y Protección Social, https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=77813
  3. https://www.colpensiones.gov.co/exterior/publicaciones/3649/convenios-internacionales/
  4. https://miseguridadsocial.gov.co/
  5. https://www.colpensiones.gov.co/exterior/
  6. Imagen: https://www.pexels.com/photo/person-with-toy-airplane-on-world-map-3769138/
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